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Inscripción y Obtención de N° de RUT (SII)

El trámite que se realiza en cumplimiento a lo señalado en el artículo 66 del Código Tributario concordado con el Decreto de Rol Único Tributario, que permite enrolar o inscribir en el Servicio de Impuestos Internos (SII), a los contribuyentes susceptibles de ser retenedores de impuestos, de modo de obtener su número de RUT.

Contenido
  1. ¿Qué es la inscripción y obtención de Rol Único Tributario?
    1. ¿Quiénes deben hacer el trámite?
    2. ¿Cuándo debería hacer el trámite?
    3. ¿Dónde se puede hacer el trámite?
  2. ¿Cómo hacer el trámite?
    1. 1° Requisitos para tramitar vía internet:
    2. 2° Formularios que se relacionan al trámite:
    3. Te puede interesar:

¿Qué es la inscripción y obtención de Rol Único Tributario?

Este trámite es la solicitud para inscribirse al Rol Único Tributario el (RUT), el proceso de inscripción está bajo la jurisdicción del servicio de impuestos internos y lo deben hacer todas las personas naturales y extranjeras, aún sin residencia ni domicilio en Chile.

¿Quiénes deben hacer el trámite?

Deberán hacer este trámite todas las sociedades de hecho, asociaciones, agrupaciones o entes de cualquier especie que sean creadas en Chile, con o sin personalidad jurídica, como también las personas jurídicas, pero susceptibles de ser sujetos de impuestos.

La inscripción tiene carácter de declaración jurada, para fines de quedar inscritas en el Rol indicado y Obtener su Cédula de RUT, de acuerdo con la normativa del Código Tributario y del Rol Único Tributario.

Todos aquellos que realicen inversiones en Chile por las cuales no estén obligados a dar Aviso de Inicio de Actividades, que a causa de su actividad o condición causen y/o puedan retener impuestos.

No obstante, las sociedades conformadas a través del Registro de Empresas y Sociedades (RES), el trámite de su obtención de RUT, lo deberán realizar a través de la página Web del Ministerio de Economía, Fomento
y Turismo, http://www.registrodeempresasysociedades.cl/.

¿Cuándo debería hacer el trámite?

La solicitud de inscripción y obtención de N° de RUT, se produce con la existencia legal de las personas naturales extranjeras y jurídicas, sin domicilio ni residencia en Chile, así como también, de las personas jurídicas y de las entidades o agrupaciones con o sin personalidad jurídica, creadas en Chile, este trámite no debe pasar los dos meses desde el inicio de lo indicado.

¿Dónde se puede hacer el trámite?

Como ya es sabido el trámite se debe hacer por internet, sin embargo, la tecnología nos ayuda con la tramitación vía online, si no sabes cómo, en tramitesenchile.online te ayudamos con la información.

Esta solicitud debe realizarse a través del sitio Web del Servicio de Impuestos Internos, sección Servicios online, menú Rut e Inicio de Actividades, opción Inscripción y obtención de N° de RUT.

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¿Cómo hacer el trámite?

Aunque parezca difícil hacer el trámite no lo es, pero si debes saber los pasos para no equivocarse, además de saber los documentos que necesitas presentar al momento de la inscripción.

1° Requisitos para tramitar vía internet:

  • Tener la clave tributaria que otorga el SII
  • Ser mayor de edad (18 años mínimo)
  • Debes ser una persona natural chileno o Extranjero con residencia definitiva

2° Formularios que se relacionan al trámite:

La Inscripción y Obtención de RUT se debe realizar exclusivamente vía internet en sii.cl, sección Servicios online, menú Inscripción y Obtención de N° de RUT, ingresando la solicitud en el formulario electrónico, cuyo formato se desplegará en dicho aplicativo.

Descripción paso a paso:

Inscripción y obtención de N° de Rut por internet:
  • Ingrese al menú RUT inicio de actividades, opción Inscripción y obtención de N° de RUT.
  • Identifíquese con su Clave Tributaria o Certificado Digital.
  • Te aparecerá primero el formulario con borradores guardados, en caso contrario, el menú de selección.
  • Presione en el número de folio para continuar editando un borrador guardado.
  • Si no continuará con un borrador guardado, seleccione tipo y subtipo de contribuyente que obtendrá RUT.
  • Tenga presente, que no es necesario que complete toda la información para guardar o adjuntar, siendo suficiente el ingreso parcial de datos.
Datos Generales y constitución:
  • Debes completar los datos de la sociedad como razón social y nombre de fantasía, adjuntando la información básica de los documentos de constitución.
  • Si nace de una reorganización empresarial, presione la opción correspondiente, seleccione el tipo de reorganización e ingrese el Código de Verificación Electrónica (CVE).
Capitales y Socios:

Capital

Debe ingresar el aporte capital enterado, por enterar y el capital total de la sociedad al momento de su constitución de la sociedad.

Socios

Ingrese la información de los socios persona natural y/o persona jurídica en caso necesario, completando la información relacionada a su aporte capital enterado, participación de utilidades y fecha de incorporación.

Los representantes:

Ingrese al representante persona natural y/o persona jurídica de la sociedad junto con el tipo de modalidad con que opera dicha representación, sea individual o en forma conjunta.

Datos de Contacto:

  • En esta sección debe ingresar la información de contacto con números de teléfonos fijo o móvil y correo electrónico.
  • Para validación del correo debes pedir el código de verificación, este se te enviará al correo que proporcionaste, el que deberás ingresar para completar la validación.
  • En una pantalla se te avisará si el código de verificación fue ingresado exitosamente.
  • Podrá ingresar información adicional para tu notificación en tu domicilio postal o urbano.

Para adjuntar antecedentes:

Deberás adjuntar los documentos relacionados a la constitución de tu sociedad, estos se indican cómo obligatorios, para lo cual encontrará en la misma aplicación, un Gestor de Documentos le facilitará esa acción, debes verificar que estén ingresados correctamente.

Finalizar el trámite:

En esta sección podrá guardar la información ingresada sin necesidad de enviarla para editarla
posteriormente, pero antes de guardar debe estar completa de forma parcial, para que se te permita guardar.

Una vez completados todos los campos obligatorios y adjuntados los documentos requeridos, podrá enviar la solicitud para su revisión por el organismo.

Una vez enviada la petición existen tres opciones de resultado:

  • Aprobación
  • Rechazo
  • Devuelto

Con la aprobación ya estás listo para concluir el trámite de obtención y solicitud de N° de Rut.

Si fuiste rechazado, deberás adjuntar lo que falte y que se te indicará en el formulario.

Con la devolución deberás completar lo que te indique el funcionario. Para eso debes volver a acceder a la aplicación de Obtención de RUT, donde encontrarás el borrador de tu trámite disponible en la ventana inicial para que puedas editarlo.


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Michel Bernales

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